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tipodocumento:CONVENIOS
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13605 17 de diciembre de 2008 DCA-4162 Licenciada Margarita Vásquez Vásquez Jefe, Asesoría Jurídica Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, Antiguo Colegio La Salle, San José Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, convenio específico suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples de la Cordillera Alta de Tilarán y Abangares R.L., para el reconocimiento de beneficio ambiental al amparo de la Ley No. 8408 (préstamo entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para el Programa de Fomento de la Producción Agropecuaria Sostenible). Nos referimos a su oficio No. MAG-AJ-465-2008, del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo convenio específico suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples de la Cordillera Alta de Tilarán y Abangares R.L., para el reconocimiento de beneficio ambiental al amparo de la Ley No. 8408 (préstamo entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para el Programa de Fomento de la Producción Agropecuaria Sostenible). Según el artículo primero del documento contractual en cuestión, su objeto es establecer las regulaciones para el reconocimiento de beneficios ambientales por parte del Programa de Fomento de la Producción Agropecuaria Sostenible ejecutado por el MAG a la Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples de la Cordillera Alta de Tilarán y Abangares R.L Para dicho reconocimiento, la Cooperativa se compromete a una serie de compromisos y el Ministerio tendrá como obligación fiscalizar la realización de las inversiones mediante visitas al sitio, durante la fase de establecimiento y utilización de las mismas mientras dure el proyecto. De conformidad con la Ley 8408, -ley que aprueba el préstamo 1436/OC-CR entre l ...
Fecha publicación: 20/12/2008
Fecha emisión: 17/12/2008
Documento: 13605-2008.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.13634 17 de diciembre del 2008 DCA-4172 Licenciado Oscar Meneses Quesada Gerente General Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC) 300 Norte, 100 oeste, Iglesia Maria Auxiliadora en Barrio Fátima, Cartago Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite de refrendo, por no requerirlo, el convenio de cooperación interadministrativo, denominado “Convenio de alianza estratégica”, suscrito entre JASEC y la Municipalidad de Cartago, para el fortalecimiento del Alcantarillado Sanitario. Nos referimos a su oficio No. 651-G-2008 del 8 de octubre del 2008, recibido el pasado 19 de noviembre, mediante el cual solicita la aprobación del convenio de Alianza Estratégica, suscrito entre JASEC y la Municipalidad de Cartago, para el Fortalecimiento de Alcantarillado Sanitario. El documento sometido a estudio tiene como objeto establecer una alianza de cooperación entre la Municipalidad de Cartago y Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC), tendente a que JASEC participe en el desarrollo de la gestión, desarrollo de obras y servicios necesarios para la recepción, tratamiento, evacuación de afluentes, conducción y disposición final de residuos actuales y futuros del cantón. De conformidad con el artículo 3.6 del reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la administración pública", el cual entró a regir a partir del l de enero del 2008. "... Artículo 3.- Contratos administrativos sujetos al refrendo. 6) Todo contrato o convenio celebrado entre dos o más entes, empresas u órganos públicos, en el tanto tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de alianza estratégica. Los demás ...
Fecha publicación: 20/12/2008
Fecha emisión: 17/12/2008
Documento: 13634-2008.doc
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13401 12 de diciembre, 2008 DCA-4105 PAGE 2 MBA Gonzalo Gómez Alvárez Coordinador Contrataciones Directas Instituto Costarricense de Electricidad Oficinas centrales del ICE en Sabana Norte, San José Estimado señor: Asunto: Se archiva solicitud de refrendo del Convenio de Cooperación Técnica suscrito con la Unión Internacional de Telecomunicaciones. Nos referimos a sus oficios No. oficio No. 5210-4366-2008 del 27 de octubre de 2008 y 5210-4838-2008 del 26 de noviembre de 2008 (recibido el 2 de noviembre de 2008), mediante el cual solicita la aprobación del Convenio de Cooperación Técnica suscrito con la Unión Internacional de Telecomunicaciones mediante la Oficina de Desarrollo de las Telecomunicaciones al amparo de la Ley No. 3345 por un monto aproximado de $ 1.277.100.00. Mediante el oficio No. DCA-3946 del 3 de diciembre de 2008, este órgano contralor le confirió hasta el 10 de diciembre para remitir la documentación que acredita la representación del señor Sami Al-Basheer Al-Morshid, requerida en nuestro oficio No. DCA-3807 del 21 de noviembre de 2008. A la fecha no se ha remitido la información, ni tampoco se ha requerido una prórroga del plazo conferido, por lo que procede archivar su gestión sin mayor trámite, todo sin perjuicio de que pueda remitirse nueva a refrendo. Atentamente,   Lic. German Brenes Roselló Gerente Asociado Lic. Elard Gonzalo Ortega Pérez Fiscalizador EOP/ hma Ci: Archivo Central Ni: 24300 y 27277 G: 2008003371-1 ] ...
Fecha publicación: 15/12/2008
Fecha emisión: 12/12/2008
Documento: 13401-2008.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 3 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12641 27 de noviembre, 2008 DCA-3867 Licenciada Dagmar Hering Palomar Directora Jurídica Ministerio de Hacienda Frente a la Plaza de la Cultura, Antiguo Banco Anglo; San José Estimado señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, seis convenios de servicios de cajero auxiliar. Damos respuesta a su oficio AJMH-2646-2008 de fecha 6 de noviembre del año en curso, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo seis convenios de servicios de cajero auxiliar, suscritos por el Ministerio de Hacienda con el Banco BAC San José S.A., Banca Promérica S.A., Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Banco Cuscatlán S.A., Banco BCT S.A. y Scotiabank de Costa Rica S.A., respectivamente. I. Antecedentes: El artículo 128 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración tributaria a suscribir convenios con entidades públicas y privadas para que emitan, distribuyan y vendan los formularios requeridos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Dicha norma establece en lo que interesa, lo siguiente: “Artículo 128 bis. Venta de formularios. Facúltese a la Administración Tributaria para vender los formularios utilizados para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto formales como substanciales, de los sujetos pasivos, cuando así lo determine mediante resolución general. La Administración queda facultada para adoptar convenios con entidades públicas y privadas para que emitan, distribuyan y vendan los formularios. Las entidades autorizadas deberán cumplir con las condiciones y los requisitos dispuestos en la resolución general de la Administración, de manera que se garanticen el control tributario y la distribución correcta de los formularios. La Administración fijará, por medio de resolución general, el precio público de tales formularios, los cuales estarán exentos del impuesto de venta ...
Fecha publicación: 30/11/2008
Fecha emisión: 27/11/2008
Documento: 12641-2008.doc
Institución: MINISTERIO DE HACIENDA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 3 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12297 19 de noviembre, 2008 DCA-3752 Licenciado Javier Cruz Santos Director Dirección de Financiamiento Municipal Instituto de Fomento y Asesoría Municipal Moravia, del Centro Comercial Los Colegios 100 sur y 200 oeste San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, el Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable No. ATN/SI-11168-CR, suscrito por el BID, el ICAA, el IFAM y el Ministerio de Hacienda. Damos respuesta a su oficio DFM-331-2008 de fecha 8 de octubre del año en curso, complementado con el oficio DFM-391-2008 del 12 de noviembre último, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un Convenio de Cooperación Técnica no reembolsable No. AT/SI-11168-CR, para la “Preparación del Programa de Agua Potable y Saneamiento para el nivel Subnacional” suscrito por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) y el Ministerio de Hacienda. I. Antecedentes: El 10 de junio del 2008, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal firmaron un Convenio Marco de Cooperación para el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos de los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario de las Municipalidades. Dicho convenio fue remitido a esta Contraloría General para trámite de refrendo contralor, sin embargo, mediante el oficio No. 7656 (DCA-2263) del 30 de julio del 2008, esta División devolvió dicho convenio sin trámite por considerar que no lo requiere, debiendo los jerarcas de esas Administraciones adoptar las medidas de control interno, con la finalidad de que esas relaciones interadministrativas se ajusten a la normativa vigente. II. Criterio del Despacho: Se observa que el Convenio de Cooperación Técnica no reembols ...
Fecha publicación: 22/11/2008
Fecha emisión: 19/11/2008
Documento: 12297-2008.doc
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11771 06 de noviembre, 2008 DCA-3573 Señor Roberto Soto Salazar Departamento Legal Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica Contiguo al Banco de Costa Rica ubicado en el Parque Vargas, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite alguno por no requerirlo la solicitud de refrendo al “Convenio Específico de Cooperación Técnica”, celebrado entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica y la Universidad de Costa Rica. Damos respuesta a su Oficio N° AL-317-2008SJ de 17 de octubre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo al “Convenio Específico de Cooperación Técnica”, celebrado entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica y la Universidad de Costa Rica. Sobre el particular le indicamos que conforme lo dispone el numeral 3 incisos 6) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sólo requerirán de refrendo contralor los contratos o convenios celebrados entre dos o más entes, empresas u órganos públicos, en el tanto tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo de alianza estratégica, siendo que los demás contratos o convenios interadministrativos no estarán sujetos a dicho trámite. Como en la especie el Convenio Específico de Cooperación Técnica no ostenta la naturaleza propia de los acuerdos de voluntades a que se refiere la norma de comentario, dicho convenio no estará sujeto al refrendo contralor, correspondiéndole a las propias Administraciones verificar la legalidad del negocio. Atentamente, German Brenes Roselló Elías Delgado Aiza Gerente A ...
Fecha publicación: 07/11/2008
Fecha emisión: 06/11/2008
Documento: 11771-2008.doc
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11710 06 de noviembre, 2008 DCA-3561 Licenciada Dagmar Hering Palomar Directora Jurídica Ministerio de Hacienda Frente a la Plaza de la Cultura, Antiguo Banco Anglo; San José Estimada señora: Asunto: Se devuelven sin el trámite de refrendo, por no requerirlo, los Convenios de Servicios de Cajero Auxiliar, celebrados entre el Ministerio de Hacienda con las entidades recaudadoras Cooopealianza R.L., Coocique R.L., Banco Cathay, Banco Lafise y Citibank Damos respuesta a su Oficio N° AJMH-2479-2008 de 16 de octubre del 2008, por medio del cual solicita el refrendo a los Convenios de Servicios de Cajero Auxiliar, celebrados entre el Ministerio de Hacienda con las entidades recaudadoras Cooopealianza R.L., Coocique R.L., Banco Cathay, Banco Lafise y Citibank Sobre el particular le indicamos lo siguiente: El encabezado de los documentos contratactuales dispone que el objeto de esos acuerdos de voluntades lo constituye regular adecuadamente los servicios de Cajero del Estado a que se refiere el artículo 62 y siguientes de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos. En punto a ello, el numeral 63 de esa Ley preceptúa que: “El Ministerio de Hacienda tendrá plenas facultades para efectuar los contratos necesarios con los bancos del Sistema Bancario Nacional y otras entidades autorizadas por ley, para los efectos de contar con los servicios de recaudación, procesamiento de la información, y depósito de las sumas que corresponda depositar en las cuentas definidas por la Tesorería Nacional en el banco cajero general, según los principios de la Ley de Contratación Administrativa.” Acorde con la norma transcrita, el Ministerio de Hacienda se encontraría plenamente facultado para llevar a cabo negociaciones directas con diferentes entidades del Sistema Bancario Nacional y otras, a efecto de contratar servicios de recaudación, procesa ...
Fecha publicación: 07/11/2008
Fecha emisión: 06/11/2008
Documento: 11710-2008.doc
Institución: MINISTERIO DE HACIENDA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 3 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11238 27 de octubre, 2008 DCA-3423 Señor Javier Flores Galarza Ministro Ministerio de Agricultura y Ganadería Sabana Sur, Antiguo Colegio La Salle, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, el convenio interinstitucional suscrito por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Consejo Nacional de Producción para la compra de semillas. Damos respuesta a su oficio DM-1039-08 de fecha 26 de setiembre del año en curso, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un Convenio Interinstitucional suscrito por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Consejo Nacional de Producción (CNP) para la compra de semillas. I. Antecedentes: En su nota de remisión nos indica que el Gobierno de la República ha impulsado un Plan Nacional de Alimentos, para tratar de mitigar la crisis de las reservas alimentarias y como una oportunidad para estimular la siembra de los alimentos que se requieren, impulsando el desarrollo del sector productivo y al mismo tiempo tomando las medidas pertinentes para garantizar el abastecimiento nacional y consecuentemente crear condicione para reducir la pobreza. Que el citado Plan plantea a corto plazo incrementar el abasto nacional de granos básicos y otros alimentos, reduciendo gradualmente la dependencia de importaciones de arroz, frijol y maíz. Y para lograr esta meta es necesario aumentar las áreas de siembra. Que el gobierno propuso un presupuesto extraordinario el cual fue aprobado por la Asamblea Legislativa mediante la Ley 8659, en el cual ochocientos cuarenta y un millones trescientos noventa y tres mil setecientos setenta colones (¢841.393,770) se aprobaron para la compra y distribución de semillas. Que con el presente convenio, el Ministerio pretende girar el monto indicado al Consejo Nacional de Producción para que éste compre la semilla, mediante un proceso sim ...
Fecha publicación: 27/10/2008
Fecha emisión: 27/10/2008
Documento: 11238-2008.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10946 20 de octubre del 2008 DCA-3349 Señor Carlos Luis Marín Muñoz Alcalde Municipal Municipalidad de Liberia Liberia, Guanacaste Fax: 26-65-19-40 Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, el contrato para el pago y recaudación de tributos y tasas por servicios municipales, suscrito entre la Municipalidad de Liberia y el Banco de Costa Rica Nos referimos a su oficio ALDE-CM-1762-2008 del 11 de setiembre del 2008 y recibido por esta Contraloría el 13 de octubre del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato de la referencia. Este convenio tiene como propósito, la recaudación del pago de tributos y tasas por servicios municipales. La relación negocial establece las normas que regularán la prestación del Servicio de Caja por parte del Banco, las características del mismo y las relaciones entre ambas instituciones. Según se desprende del estudio de los documentos recibidos, se puede concluir que nos enfrentamos a un caso típico de actividad contractual desarrollada entre entes de derecho público, lo cual según la legislación aplicable, no requiere del refrendo de esté órgano contralor. Es importante señalar que el actual Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, dicta las pautas que la Administración Pública debe acatar respecto a la figura del refrendo, incluyendo aspectos relacionados con el análisis de fondo y la competencia. Dicho lo anterior, valga manifestar que el artículo 3 del citado Reglamento, indica los casos en que resulta necesario el refrendo contralor. Específicamente, el inciso 6 regula lo referente a negociaciones suscritas entre sujetos de derecho público, el cual expresamente dice: “Todo contrato o convenio celebrado entre dos o más entes, empresas u órganos públicos, en el tanto tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o ...
Fecha publicación: 23/10/2008
Fecha emisión: 20/10/2008
Documento: 10946-2008.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09259 5 de setiembre, 2008 DCA-2729 Doctor Leonardo Garnier Rímolo Ministro Ministerio de Educación Pública Calle 6, Av. Central y Segunda, Edificio Raventós, 4 piso, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, convenio establecido entre el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y el Ministerio de Educación Pública —MEP—, cuyo objeto es capacitar a los docentes en el dominio del inglés, así como en metodologías y evaluación para la enseñanza de ese idioma, tanto en preescolar como en la educación diversificada. Nos referimos a su oficio DM-4446-08 del 07 de agosto del 2008, mediante el cual solicita la aprobación del convenio establecido entre el Consejo Nacional de Rectores –CONARE- y el Ministerio de Educación Pública –MEP-, cuyo objeto es capacitar a los docentes en el dominio del inglés, así como en metodologías y evaluación para la enseñanza del inglés, tanto en nivel preescolar como educación diversificada. Una vez realizado el estudio de rigor, se devuelve el documento de mérito sin la aprobación solicitada, con fundamento en los motivos siguientes: El Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública establece en su artículo 3 que se requerirá el refrendo entre otros casos, el siguiente: “6) Todo contrato o convenio celebrado entre dos o más entes, empresas u órganos públicos, en el tanto tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de alianza estratégica. Los demás contratos o convenios interadministrativos no referidos en este inciso o en general en el articulado de este Reglamento, no estarán sujetos a refrendo. Es responsabilidad exclusiva de los jerarcas de las Administraciones involucradas, adoptar las medidas de control interno de conformidad con la Ley General de Control Interno para garantizar que ...
Fecha publicación: 11/09/2008
Fecha emisión: 05/09/2008
Documento: 09259-2008.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Año: 2008